Ayudas para la integración en cooperativas agroalimentarias en la Comunitat Valenciana

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El Consell destina este año 1,65 millones de euros a la integración de cooperativas agroalimentarias en la Comunitat Valenciana con el objetivo de que sean más competitivas y facilitar el desarrollo económico y social en el ámbito rural. Esto supone un 27% más que el ejercicio anterior.

Inversión de 1,65 millones de euros en ayudas para la integración en cooperativas agroalimentarias

El Diari Oficial de la Generalitat (DOGV) ha publicado la convocatoria de subvenciones para las cooperativas agroalimentarias inmersas en un proceso de integración. El objetivo principal es contribuir al desarrollo del sector cooperativo agroalimentario valenciano, así como reforzar su posición en la industria agroalimentaria y en el comercio, tanto en el mercado interior como exterior, y potenciar su nivel de competitividad.

El presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, ha destacado esta iniciativa durante su participación en el Consejo Rector de Cooperatives Agro-alimentàries de la Comunitat Valenciana, acompañado por el conseller de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, Miguel Barrachina.

Mazón ha puesto en valor la trayectoria, el esfuerzo, el compromiso social y el impacto territorial, ambiental y económico de las cooperativas agroalimentarias de la Comunitat, lamentando el olvido o la indiferencia de las instituciones estatales y europeas hacia este sector. La Generalitat seguirá trabajando codo con codo con las organizaciones y entidades agrarias para defender sus intereses y reivindicaciones donde sea necesario.

Como presidente de Cooperatives Agro-alimentàries, Cirilo Arnandis ha destacado que el apoyo de la administración pública valenciana es fundamental para garantizar la defensa de la agricultura valenciana y de los intereses de las cooperativas en las instituciones comunitarias, en un momento clave y de gran complejidad geoestratégica como el actual.

Podrá solicitarse desde el 2 de abril hasta el 2 de mayo de 2025

Esta ayuda podrá solicitarse desde el 2 de abril hasta el 2 de mayo de 2025 y los conceptos subvencionables son los siguientes:

1. Los gastos amortizables y de inversión, recogidos en el Plan de Integración, de acuerdo con el siguiente detalle: inversiones materiales, como construcción, adquisición y mejora de bienes inmuebles, maquinaria y bienes de equipo, elementos móviles y programas informáticos. En cuanto a los gastos amortizables, se podrán considerar los gastos de constitución de la nueva entidad y de asesoría para la preparación del proyecto de integración y de la inversión auxiliable.

2. Los gastos corrientes de gestión generados por la integración, recogidos en el Plan de Integración, que incluyan los siguientes conceptos:

a) Alquiler de inmuebles destinados a oficinas, así como material consumible.

b) Servicios de comunicaciones, energía eléctrica, suministro de agua y limpieza de locales.

c) Asesoramiento jurídico, fiscal, laboral y elaboración de auditorías.

d) Retribuciones del personal técnico, de administración y dirección, directamente relacionado con el proyecto, incluyendo los gastos de formación necesarios para adaptarse a la nueva estructura. También serán auxiliables, los gastos de personal derivados de la adecuación de las plantillas laborales, a la situación resultante después de la integración.

e) Dietas y gastos de viaje relacionados con el proceso de integración, incluido el alquiler de vehículos.

f) Gastos de amortización de los activos que sea necesario desinvertir debido a la integración, que deberán estar avalados por el informe de auditoría correspondiente.

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