
En 2026 la inscripción en el Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes (REGFER) ya es obligatoria.
Un registro obligatorio para todos los agentes del sector
Desde el 1 de enero de 2026, todos los operadores que trabajen con fertilizantes están obligados a inscribirse en el Registro General de Fabricantes y Otros Agentes Económicos de Productos Fertilizantes (REGFER) antes de iniciar su actividad.
El alcance del REGFER es amplio y afecta a prácticamente toda la cadena de valor de los fertilizantes. No solo deben inscribirse los fabricantes, sino también importadores, distribuidores, empresas que aplican fertilizantes y profesionales que asesoran sobre su uso.
La normativa contempla incluso situaciones específicas, como las cooperativas que distribuyen productos entre sus socios o las empresas que re-envasan fertilizantes. En todos los casos, la inscripción es un requisito previo indispensable para operar legalmente en el mercado.
Para formalizar el alta, los interesados deben presentar una declaración responsable utilizando los modelos oficiales y remitirla por vía electrónica. El plazo de presentación está abierto desde el 17 de marzo hasta el 1 de julio de 2026.
Las seis secciones del REGFER: así se organiza el registro
En primer lugar, la sección de fabricantes incluye tanto a quienes producen fertilizantes en España como a las empresas que comercializan productos bajo su propia marca o modifican su envasado o etiquetado dentro del país. Esta categoría tiene un carácter amplio y, además, evita duplicidades, ya que quienes están inscritos en ella no necesitan registrarse como importadores o distribuidores.
La sección de importadores agrupa a las personas físicas o jurídicas que introducen fertilizantes en el mercado de la Unión Europea desde otros países. Por su parte, los distribuidores (donde se enmarcarían las cooperativas que distribuyen fertilizantes a sus socios) son aquellos que comercializan estos productos sin haberlos fabricado ni importado, incluyendo también a exportadores y cooperativas que reparten fertilizantes entre sus miembros, incluso cuando realizan mezclas previas.
El registro también contempla a las empresas de servicios de fertilización, es decir, aquellas que se dedican a aplicar estos productos en explotaciones agrícolas, ya sea para terceros o para sus propios socios. En paralelo, existe una sección específica para asesores en fertilización, formada por profesionales con formación acreditada que orientan sobre el uso sostenible de estos productos conforme a la normativa vigente. No obstante, los titulares de explotaciones agrícolas con la titulación requerida pueden quedar exentos si realizan esta labor únicamente en su propia explotación.
Finalmente, una sexta sección recoge a otros agentes económicos que no encajan en las categorías anteriores, garantizando así que ningún operador relevante quede fuera del sistema.
Con este registro se pretende buscan impulsar una fertilización más sostenible
Más allá del cumplimiento administrativo, el REGFER tiene una función estratégica dentro del sector agrario. Su finalidad es crear un censo actualizado de operadores, facilitar la elaboración de estadísticas, mejorar la planificación de controles por parte de las comunidades autónomas y ofrecer información útil tanto a agricultores como a otros profesionales.
Todo ello se enmarca en un conjunto de normas que buscan impulsar una fertilización más sostenible, entre las que destacan la Orden APA/1226/2025 y el Real Decreto 1051/2022, así como la legislación europea aplicable.
Con la entrada en vigor de esta obligación, el sector de los fertilizantes da un paso más hacia la profesionalización, la transparencia y el cumplimiento de los objetivos medioambientales marcados a nivel nacional y europeo.
Se puede consultar toda la información en el Boletín Oficial del Estado








