La UNIO rechaza la obligación de registrar de forma electrónica los tratamientos fitosanitarios a partir de 2026

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obligación de registro electrónico

La UNIO expone que la obligación de registrar de forma electrónica los tratamientos fitosanitarios a partir de 2026, ya que se trata de más burocracia innecesaria para los agricultores.

Rechazo a la obligación de registrar de forma electrónica los tratamientos fitosanitarios a partir de 2026 por ser más burocracia innecesaria

La obligación por parte del Ministerio de Agricultura de registrar de forma electrónica los tratamientos fitosanitarios a partir del 1 de enero de 2026 supone una carga administrativa adicional e innecesaria para los agricultores, tal como denuncia La Unió Llauradora i Ramadera. Por este motivo, la organización agraria ha trasladado su preocupación a través de un escrito dirigido al ministro de Agricultura, Luis Planas, y en una reunión con la secretaria de Estado de Agricultura y Alimentación, Begoña García.

Manifiesta que, actualmente, la administración ya dispone de la información necesaria para el control del uso de productos fitosanitarios gracias a la interconexión de registros a través del Sistema de Información de Explotaciones Agrícolas (SIEX). Este sistema incluye ya el:

– El Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones (RETO) permite conocer en tiempo real las compras de productos fitosanitarios por parte de los agricultores.

– Registro Oficial de Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitaria (ROPO) que garantiza que los agricultores que compran y aplican fitosanitarios están formados y cuentan con la habilitación necesaria.

– Registro de Explotaciones Agrarias (REA) que contiene toda la información sobre las explotaciones agrarias, permitiendo vincular la compra de fitosanitarios con la superficie y cultivos declarados.

– Cuaderno de Explotación que desde 2013 exige a los agricultores registrar las aplicaciones de fitosanitarios.

Además, existen así mismo certificaciones privadas como GlobalGAP que imponen requisitos estrictos sobre el uso de fitosanitarios para garantizar la seguridad alimentaria y la sostenibilidad, complementando los controles administrativos.

El nuevo registro supondrá una duplicidad de datos y un aumento de la burocracia

La Unió señala que, dado que la administración ya dispone de toda esta información comentada, el nuevo registro obligatorio “supone una duplicidad de datos y un aumento injustificado de la burocracia, sin una mejora real en la trazabilidad ni en la seguridad alimentaria.”

Por ello, propone al Ministerio de Agricultura, para evitar esta sobrecarga burocrática y mejorar la eficiencia del control que la información contenida en el registro diario (RETO) de compras, ventas, importaciones, exportaciones y tratamientos de productos fitosanitarios, que ya registra e identifica al comprador (ROPO), que se amplíe con el identificador de la explotación agraria (REA) a la que se van a aplicar. De esta forma, no sería obligatorio el registro electrónico de los tratamientos fitosanitarios por parte de los titulares de las explotaciones agrarias.

Todo ello se puede conseguir, a juicio de La Unió, con la sustitución de la obligatoriedad del registro electrónico de tratamientos fitosanitarios, por un sistema automatizado que vincule las compras de fitosanitarios registradas en RETO con las explotaciones declaradas en el REA.

Además, con una mejora de la interoperabilidad del SIEX, la administración podrá cruzar estos datos automáticamente, garantizando la trazabilidad sin necesidad de registros adicionales por parte del agricultor.

Y, con el establecimiento de un sistema de alertas o verificaciones automáticas que detecte incoherencias entre las compras de fitosanitarios y las superficies/cultivos declarados en el REA, se permitiría una fiscalización efectiva sin burocracia extra.

Por último, con la ampliación del RETO con la identificación de Explotaciones Agrarias se eliminaría la obligación del registro electrónico de tratamientos fitosanitarios por parte de los agricultores.

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